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La nueva reducción aplicable al rendimiento en arrendamientos de vivienda habitual

El 25 de mayo de 2023 se publicó en el BOE la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Esta ley pretende estimular el alquiler de vivienda habitual a precios contenidos. Con este objetivo, se establecen una serie de incentivos fiscales aplicables en la declaración de la Renta del arrendador de los inmuebles.
Fiscalmente, para el ejercicio 2024, esta norma supone la modificación de la actual reducción del rendimiento aplicable a la vivienda habitual (60%), el cual se modifica en los siguientes términos para los contratos celebrados desde su entrada en vigor:
– La Reducción con carácter general pasa del 60% al 50%.
Reducción del 60% si se han efectuado obras de rehabilitación en los dos años anteriores a la celebración del contrato de arrendamiento.
Reducción del 70% en los siguientes supuestos:
• Contratos de arrendamiento sobre inmueble arrendado por primera vez en zonas de mercado residencial tensionado a un arrendatario con edad comprendida entre los 18 y los 35 años.
• Cuando el arrendatario sea una Administración Pública o entidad sin fines lucrativos que destine la vivienda a alquiler social, al alojamiento de personas en situación de vulnerabilidad económica, o para algún programa público de vivienda.
Reducción del 90% para los nuevos contratos en zonas de mercado residencial tensionado con una reducción de, al menos, el 5% sobre el contrato anterior.
Cabe señalar que las zonas de mercado residencial tensionado serán las recogidas en la resolución que apruebe el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda urbana.
Como vemos, con carácter general se tributará más por los alquileres destinados a vivienda habitual. No obstante existirá la posibilidad de una tributación muy beneficiosa si se cumplen los requisitos adicionales anteriormente señalados.

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