El Modelo 721 es un modelo de la Agencia Tributaria con entrada en vigor en 2024 (Orden HFP/886/2023 de 26 de julio) para informar sobre la tenencia de monedas virtuales en el extranjero.
Los obligados a presentar el Modelo 721 son:
- Las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español.
- Los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades no residentes.
- Las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria (LGT), es decir, las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición.
Esta nueva obligación operará en referencia a la totalidad de las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario, autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, o de las que se sea titular real.
No obstante, solo se estará obligado a presentar el modelo 721 si el valor total, límite conjunto, de las criptomonedas en el extranjero supera los 50.000 euros a fecha 31 de diciembre, o se superara este límite conjunto en algún instante temporal del ejercicio anterior, aunque a 31 de diciembre ya no se mantengan.
El plazo de presentación de este Modelo 721 será desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de marzo de 2024, en referencia a su tenencia respecto al ejercicio 2023.
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